lunes, 22 de octubre de 2007

Presidenta Bachelet insiste en la responsabilidad social-empresarial

Resguardo de derechos laborales

Superintendencia de Quiebras y Dirección del Trabajo:
Comprometen Resguardo de Derechos Laborales en Procesos de Quiebra

Aplicación didactica de una Negociación Colectiva

PROCEDIMIENTO NEGOCIACION COLECTIVA

PREPARACION.

Solicitar al empleador dentro de los 3 meses anteriores a la fecha del vencimiento del contrato vigente los siguientes antecedentes:
1- Balance de los 2 años anteriores. Si la empresa tuviere una existencia menor la obligación se reducirá al tiempo de existencia de ella.
2- Información financiera necesaria.
3- Costos globales de mano de obra.

INICIO.

Se iniciara con la presentación de un proyecto de contrato colectivo por parte de o los sindicatos o grupos negociadores de la respectiva empresa.

DESARROLLO.

1- Recibir dentro de los 5 días siguientes el proyecto de contrato colectivo. El empleador podrá comunicar tal circunstancia a todos los demás trabajadores de la empresa y a la Inspección del Trabajo.

2- Presentar el proyecto no antes de 45 días ni después de 40 días anteriores a la fecha de vencimiento del contrato vigente.

3- Responder por escrito el empleador a la comisión negociadora dentro de los 15 días siguientes a la presentación del proyecto. Pudiendo el empleador formular las observancias que correspondan.

4- Recibir la respuesta por parte de la comisión. Pudiendo formular las observancias que correspondan, cuando estas no se ajusten al Código Laboral. Dicho reclamo debe formularse ante la Inspección del Trabajo dentro del plazo de 5 días antes contados desde recibida la respuesta.

5- Se reunirán las partes con posterioridad a la respuesta del empleador el número de veces que estimen convenientes.

6- Se multara al empleador que no de respuesta, multa que será impuesta por la Inspección del Trabajo.

TERMINO.

Transcurrido mas de 45 días desde la presentación del proyecto, si las partes no se han puesto de acuerdo pueden prorrogar el plazo del contrato vigente y continuar con las negociaciones.
Transcurrido el plazo de la prorroga los trabajadores deberán votar:

1- Si aceptan la ultima oferta del empleador: se produce el cierre de la negociación.
2- Si se rechaza la oferta: decretan la huelga.